¿Cuáles son los Atributos de una Persona Natural y una Persona Jurídica?

¿Alguna vez has oído hablar de atributos de una persona natural y persona jurídica? Estos son dos conceptos fundamentales en el mundo jurídico que determinan como las personas y las empresas son reconocidas ante la ley.

Comprender estos atributos puede ayudarlo a manejar los asuntos legales con facilidad, ya sea para iniciar un negocio o declarar impuestos. En esencia, los atributos de una persona natural y persona jurídica se refieren a un conjunto de cualidades y características que nos hace ser diferente y nos distingue de los demás.

En esta publicación, exploraremos que significan estos atributos y porque son importantes tanto para las personas como para las empresas. ¡Así que vamos a despegar!

Las personas, los objetos, los animales y cualquier ser tangible e intangible tienen características que los hacen diferentes de otros, pero lo que nos importa en este momento es en si los atributos o características de una persona natural o jurídica. (artículo 52 del código civil)

En si la persona es ese ser sustancial con naturaleza racional que dentro del mundo jurídico es sujeto de derecho capaz de adquirir derechos y obligaciones. Cuando hablamos de que es capaz se alusión tanto a la capacidad de goce como capacidad de ejercicio.

La persona natural puede estar sujeto a una capacidad de goce como también de ejercicio en cambio la persona jurídica su requisito indispensable es tener esa capacidad de ejercicio.

Teniendo claro como debe estar constituido ambas personas pertenecientes al mundo jurídico ya se puede describir las características de ambas.

Vamos a empezar describiendo los atributos de una persona natural, pero ustedes se preguntarán y ¿Qué es una persona natural?, pues una persona natural no es mas ni menos que todo ser humano sin distinción de su sexo, estirpe o condición social.

Atributos de una Persona Natural

1.      Nombre: es bien común reconocer esta característica en las personas naturales ya que está compuesto por dos nombres y dos apellidos, esto desde 1992 según la ley del nombre de la persona natural.

2.      Domicilio: es el lugar donde el individuo la ley considera siempre permanente. Art. 57 y 519 código civil.

3.      Estado Familiar: vínculo de parentesco creado entre dos personas. Este puede ser divorciado, casado, viudo y soltero.

4.      Nacionalidad: es el vínculo jurídico creado entre el individuo con un país determinado. Este puede ser por nacimiento o naturalización, la naturalización puede darse por actos jurídicos o convenios con otros países.

5.      Patrimonio: Es el conjunto de bienes muebles e inmuebles que posee un sujeto de derecho así mismo sus activos y pasivos, es decir; obligaciones frente a cualquier acto jurídico.

6.      Capacidad: Es decir que pueda realizar actos jurídicos, es la medida del sujeto para ser apto de cumplir derechos y obligaciones.

Atributos de una Persona Jurídica

Para hacer un recordatorio persona jurídica son agrupaciones constituidas legalmente para perseguir un fin común, empresas, sociedades mercantiles, etc.

Ya conociendo lo que es una persona jurídica entonces veremos cuales son sus atributos a continuación.

1.      Nombre: Es el que permite distinguir a la persona jurídica en relación con otras empresas o sociedades que se dediquen a la misma actividad o rubro. El nombre puede ser por denominación o razón social, por ejemplo, cuando hablamos por denominación es el nombre que se le asigna a una persona jurídica de acuerdo a la actividad o rubro a la que esta se dedica es decir que se constituye de manera libre. Por ejemplo “Super Selectos”. Otra forma de nombre es la razón social la que esta conformada por el nombre de los socios que lo conforman, un ejemplo puede ser, “Los Aguirre y compañía”.

2.      Domicilio: Esta constituido por el lugar donde la persona jurídica realiza sus operaciones, es decir donde apertura y finaliza sus actividades para la cual fue constituida, es la casa matriz así mismo será domicilio de esta a las sucursales, locales y tiendas que deriven de esta.

3.      Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que se genera con un país determinado la persona jurídica, dicho vinculo se origina en el país donde fue creado o constituido la misma persona.

4.      Patrimonio: Es la base económica que sirve para alcanzar los objetivos de la misma y cumplir sus obligaciones.

5.      Capacidad: Es aquella que se adquiere al momento de su constitución es decir cuando cumple con todos los requisitos de ley para que esta tenga existencia jurídica.

Esta existencia procede cuando se crea la escritura de constitución, y se inscriba en el registro de comercio lo que significa que capacidad es legitimarse como tal, adquiriendo personería jurídica. Cuando se constituye es capaz de adquirir derechos y obligaciones.

Para concluir quiero decir que la persona natural adquiere su existencia legal desde el momento en que nace y es asentado en la alcaldía correspondiente en cambio la persona jurídica adquiere existencia legal desde el momento en que constituye la empresa mercantil o sociedad mercantil (escritura de constitución).

En conclusión, comprender los atributos de una persona física (natural) y una persona moral (jurídica) es crucial para cualquier persona que busque establecerse o trabajar con cualquiera de ellas. Es fundamental conocer estas estas diferencias a la hora de decidir que tipo de entidad se adapta mejor a las necesidades de su negocio. Esperamos que este articulo le haya brindado información valiosa sobre los atributos clave de ambos tipos de personas.

Como siempre, se recomienda que busque asesoramiento profesional antes de tomar cualquier decisión importante con respecto a la estructura de su empresa. Con este conocimiento en mente, ¡le deseamos éxito en sus proyectos futuros!