¿Cuáles son los Atributos de una Persona Natural y una Persona Jurídica?
¿Alguna vez has oído hablar de atributos de una persona natural y persona jurídica?
Estos son dos conceptos fundamentales en el mundo jurídico que determinan como
las personas y las empresas son reconocidas ante la ley.
Comprender estos atributos puede ayudarlo a manejar los asuntos legales con
facilidad, ya sea para iniciar un negocio o declarar impuestos. En esencia, los
atributos de una persona natural y persona jurídica se refieren a un conjunto
de cualidades y características que nos hace ser diferente y nos distingue de
los demás.
En esta publicación, exploraremos que significan estos atributos y porque
son importantes tanto para las personas como para las empresas. ¡Así que vamos
a despegar!
Las personas, los objetos, los animales y cualquier ser tangible e intangible
tienen características que los hacen diferentes de otros, pero lo que nos importa
en este momento es en si los atributos o características de una persona natural
o jurídica. (artículo 52 del código civil)
En si la persona es ese ser sustancial con naturaleza racional que dentro
del mundo jurídico es sujeto de derecho capaz de adquirir derechos y obligaciones.
Cuando hablamos de que es capaz se alusión tanto a la capacidad de goce
como capacidad de ejercicio.
La persona natural puede estar sujeto a una capacidad de goce
como también de ejercicio en cambio la persona jurídica su
requisito indispensable es tener esa capacidad de ejercicio.
Teniendo claro como debe estar constituido ambas personas pertenecientes al
mundo jurídico ya se puede describir las características de ambas.
Vamos a empezar describiendo los atributos de una persona natural, pero
ustedes se preguntarán y ¿Qué es una persona natural?, pues una persona
natural no es mas ni menos que todo ser humano sin distinción de su sexo,
estirpe o condición social.
Atributos de una Persona Natural
1. Nombre: es bien común reconocer esta característica en
las personas naturales ya que está compuesto por dos nombres y dos apellidos,
esto desde 1992 según la ley del nombre de la persona natural.
2. Domicilio: es el lugar donde el individuo la ley considera
siempre permanente. Art. 57 y 519 código civil.
3. Estado Familiar: vínculo de parentesco creado entre dos personas. Este
puede ser divorciado, casado, viudo y soltero.
4. Nacionalidad: es el vínculo jurídico creado entre el individuo
con un país determinado. Este puede ser por nacimiento o naturalización, la naturalización
puede darse por actos jurídicos o convenios con otros países.
5. Patrimonio: Es el conjunto de bienes muebles e inmuebles que
posee un sujeto de derecho así mismo sus activos y pasivos, es decir;
obligaciones frente a cualquier acto jurídico.
6. Capacidad: Es decir que pueda realizar actos jurídicos, es
la medida del sujeto para ser apto de cumplir derechos y obligaciones.
Atributos de una Persona Jurídica
Para hacer un
recordatorio persona jurídica son agrupaciones constituidas legalmente para
perseguir un fin común, empresas, sociedades mercantiles, etc.
Ya conociendo lo
que es una persona jurídica entonces veremos cuales son sus atributos a continuación.
1.
Nombre:
Es el que permite distinguir
a la persona jurídica en relación con otras empresas o sociedades que se
dediquen a la misma actividad o rubro. El nombre puede ser por denominación o razón
social, por ejemplo, cuando hablamos por denominación es el nombre que
se le asigna a una persona jurídica de acuerdo a la actividad o rubro a la que
esta se dedica es decir que se constituye de manera libre. Por ejemplo “Super
Selectos”. Otra forma de nombre es la razón social la que esta conformada por el
nombre de los socios que lo conforman, un ejemplo puede ser, “Los Aguirre y compañía”.
2.
Domicilio: Esta constituido por el lugar donde la
persona jurídica realiza sus operaciones, es decir donde apertura y finaliza sus
actividades para la cual fue constituida, es la casa matriz así mismo será domicilio
de esta a las sucursales, locales y tiendas que deriven de esta.
3.
Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que se genera con
un país determinado la persona jurídica, dicho vinculo se origina en el país donde
fue creado o constituido la misma persona.
4.
Patrimonio: Es la base económica que sirve para
alcanzar los objetivos de la misma y cumplir sus obligaciones.
5.
Capacidad: Es aquella que se adquiere al momento de
su constitución es decir cuando cumple con todos los requisitos de ley para que
esta tenga existencia jurídica.
Esta existencia
procede cuando se crea la escritura de constitución, y se inscriba en el
registro de comercio lo que significa que capacidad es legitimarse como tal,
adquiriendo personería jurídica. Cuando se constituye es capaz de adquirir
derechos y obligaciones.
Para concluir quiero decir que la persona natural adquiere su existencia
legal desde el momento en que nace y es asentado en la alcaldía correspondiente
en cambio la persona jurídica adquiere existencia legal desde el momento en que
constituye la empresa mercantil o sociedad mercantil (escritura de constitución).
En conclusión, comprender los atributos de una persona física (natural) y
una persona moral (jurídica) es crucial para cualquier persona que busque establecerse
o trabajar con cualquiera de ellas. Es fundamental conocer estas estas
diferencias a la hora de decidir que tipo de entidad se adapta mejor a las
necesidades de su negocio. Esperamos que este articulo le haya brindado información
valiosa sobre los atributos clave de ambos tipos de personas.
Como siempre, se
recomienda que busque asesoramiento profesional antes de tomar cualquier decisión
importante con respecto a la estructura de su empresa. Con este conocimiento en
mente, ¡le deseamos éxito en sus proyectos futuros!